JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus FREDDY PATRICIO GONZALEZ SALAS, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.525.754 y de este mismo domicilio, fallecida ab-intestato el día veinticinco (25) de Diciembre de 2009, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ciudadanos MARIANYELA PATRICIA GONZALEZ GONZALEZ, FREDDY ALFONZO GONZALEZ GONZALEZ, ANGEL PATRICIO GONZALEZ GONZALEZ, MARYLLIAM DEL VALLE GONZALEZ COLINA. FREDDY ALEJANDRO GONZALEZ COLINA y DILLIAM PATRICIA GONZALEZ COLINA, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
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