Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos MAYBELI DE LOS ANGELES FEREIRA AMAYA Y ADONIS ENRIQUE REYES CHACON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-14.847.718 y V-13.659.102, respectivamente, y domiciliados en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio CLARA SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 133.647, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día veintiocho (28) de diciembre de 2002, por ante la Intendencia del Municipio Cabimas del estado Zulia, bajo el Nº 199, Libro No. 1, del año 2002; dejándose expresa constancia que los ciu.....