El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la profesional del derecho MARIBEL MATOS SALON, actuando con el carácter de apoderada Judicial de la parte demandada en el presente procedimiento, SOCIEDAD MERCANTIL GRÁFICAS QUIBAR C.A.; en contra de la decisión de fecha 11 de junio de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2.- SIN LUGAR la Cesión de Derechos Litigiosos que hiciera el ciudadano JOAQUIN ALEJANDRO BARBOZA URRIBARRI, parte demandante en el presente procedimiento a la ciudadana JOSEFA BARBOZA, titular de la cédula de identidad No. 3.117.974. 3.- QUEDA REVOCADO EL FALLO APELADO.