Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara :PRIMERO: La caducidad de la acción en la presente causa incoada por la ciudadana: LIZBEIKA CAROLINA TROCONIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 12.517.586 contra la empresa PALMAVEN S.A. SEGUNDO: No se ordena la notificación a la parte actora de la presente decisión por cuanto la misma se produce dentro del lapso legal correspondiente. TERCERO: no hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. CUARTO: no se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, por cuanto la presente decisión no obra directa o indirectamente contra los intereses patrimoniales de la República.