Por las razones antes expresadas, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA INCOMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES, intentada por la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A, en contra de los ciudadanos JOSSELYN JOHANNY OSORIO AÑEZ y JUAN CARLOS RINCÓN GUTIERREZ, todos ya identificados.
En consecuencia:
1) Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado del Municipio Machiques y Rosario de Perijá de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que conozca de la presente causa, luego de que transcurra íntegramente el lapso para que la parte interesada ejerza los recursos legales correspondientes en contra de la presente decisión. Remítase con oficio.
2) No hay condenatoria en.....