Prescrita la Acción y en consecuencia IMPROCEDENTE la pretensión incoada por el ciudadano JESÚS ANGEL FUENMAYOR ZAMBRANO, por cobro de Prestación de Antigüedad y otros conceptos laborales, en contra de la sociedad mercantil HERMANOS VALBUENA, COMPAÑÍA ANÓNIMA (HEVALCA).
No procede la condena en COSTAS toda vez que el demandante devenga menos de tres salarios mínimos, esto conforme a las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.