D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 03 de Octubre de 2.013, por la Ciudadana: Leidy Diana López Márquez, y en consecuencia, fija la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar por el demandado en autos, a partir del presente mes de Diciembre del año 2.013, en beneficio de sus hijos: Carlos Andrés Silva López Montilla y Diana Paola Silva López, una Bonificación Especial por la TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo) en el mes Agosto como bonificación especial para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la obligación de manutención de ese mismo mes; y en el mes Diciemb.....