la juez declara DESISTIDA LA ACCIÓN, a tenor de lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza
Abg. Maury Alfonsina Reverol Rivas
Apoderado judicial de la parte demandada
Abg. Marcos Fernando Lípez Sayago
Técnico Audiovisual
Jhonny Azuaje
El Alguacil
Jose Teran
La Secretaria
Abg. María Hidalgo
MR/Maria.-