PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el Ciudadano JOSE MARIN, en contra de la empresa demandada, "ELECTRICIDAD e INSTRUMENTACIÓN C.A (ELINCA, C.A)".
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales por el Ciudadano JOSE MARIN, por la cantidad de CATORCE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.14.134,96), arrojadas por el recalculo efectuado y revisado por esta Juzgadora, contra la empresa demandada, "ELECTRICIDAD e INSTRUMENTACIÓN C.A (ELINCA, C.A)",integrada por la suma condena.....