PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado por la profesional del derecho AURA DELIA GONZALEZ MOLINA, en su carácter de defensora de los imputados JOSE GREGORIO URRIBARRI y GUILLERMO JOSE ROMERO GONZALEZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 195-22, de fecha 10 de marzo de 2022, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual declaro Con Lugar la aprehensión en flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y decreto la medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de la Libertad en contra de los mencionados imputados, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO DE MATERIAL ESTRATÉGICO, previsto y sancionado en el artículo.....