En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: OMAR ELI SANCHEZ HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.070.088 en contra de la firma comercial: "PRODUCCIONES INTER RECREOS C.A".Representada legalmente por la Ciudadana: GIOVANNA ROSAURA GAMMIERO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.229.043, en su condición de Directora-Gerente. SEGUNDO: se condena a la firma comercial demandada, antes identificada, a pagar al demandante la cantidad de: SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 6.585,65) mas lo determinado según la experticia complementaria del fallo por concepto de Prest.....