Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentada por el ciudadano JOSE FRANCISCO ORTEGA en su carácter de Representante legal de AURECAR , C.A., contra la ciudadana: YURAIMA YSABEL OLLARVEZ RODRIGUEZ, todos de características constantes en autos.
1.- De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte demandante al pago de las costas procésales, por haber resultado totalmente vencido.
Publíquese, déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los once (11) días del mes de Julio de 2006. Años 19.....