DISPOSITIVO
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
1.- INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana SOFIA SANTIAGO OSORIO, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos: ISIDRO ALEXANDER CASTELLANO SAEZ, DUBIE JOSE TERAN VILLAREAL, ALOIMAN JOSE MAZA PEDROSO y JACKSON ANTHONY VILORIA SUAREZ; contra la Providencia Administrativa 061-2015, de fecha 13 de Febrero de 2015, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SANTA BARBARA DE ZULIA.
2.- No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento C.....