SE DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal y se ordena librar la respectiva ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicadas en el interior del inmueble ubicado en el sector Pueblo Nuevo, calle 60 con avenida 9, casa Nro. 9-68, de esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, AUTORIZANDO a funcionarios adscritos al Instituto Autónomo Policía de Maracaibo, a ingresar en las instalaciones de dicho inmueble, con el objeto de realizar allanamiento en la misma, por existir la presunción grave que se tiene de las investigaciones que se esta en presencia de la comisión de uno de los delitos establecidos en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, el cual debe ser evitado su ejecución, por cuanto el mismo va en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y se presume que en dicho lugar pudieran encontrarse evidencias relacionadas algunos de los delitos tipificado en dicha Ley, tales como: Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrese la resp.....