Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ SE CONCEDE autorización suficiente para expedir Pasaporte y solicitar Visas propuesta por la ciudadana IVONNE CHIQUINQUIRA CARVAJAL DE RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.612.323; en beneficio e Interés Superior de sus hijos, los adolescentes SE OMITE EL NOMBRE DEL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, en consecuencia, su progenitora podrá tramitar por ante el organismo público competente en materia de identificación, la expedición del pasaporte venezolano y por ante las instituciones correspondientes, la solicitud de Visas para sus menores hijos.
Se advier.....