En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Puerto Cabello administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente homologación al desistimiento efectuado en la presente causa por resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por Boquetes, C.A., antes identificada contra la Corporación Divenka, C.A., ya identificada. Téngase con el carácter de cosa juzgada.
Asimismo, se ordena devolver a la parte demandante los recaudos originales insertos a los folios del 10 al 15 de este expediente y dejar en su lugar copia fotostática certificada. Se ordena el archivo del expediente