JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el ciudadano Ovelio de Jesús Salom, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD INTEGRAL, C.A. (OSEINCA).