¿ SIN LUGAR, la apelación ejercida por el abogado JUAN DE DIOS TORRES S., actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano ALFONSO NAPOLITANO MARTONE, identificado en actas, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 17 de enero de 2012
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
Se condena en costas procesales a la parte apelante de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del T.....