SE CONFIRMA la decisión No. 7C-327-12, dictada en fecha nueve (9) de Abril de 2012, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, declaró con lugar la excepción contenida en el artículo 28 numeral 4, literal "I" del Código Orgánico Procesal Penal, decretó el sobreseimiento provisional de la causa, de conformidad a lo establecido en al artículo 33 numeral 4° del texto penal adjetivo, y asimismo desestimó la acusación fiscal, en contra de los ciudadanos CARLOS EDUARDO GUILLEN GUDIÑO, TEDDY ENRIQUE LÓPEZ ATENCIO, JAIME RAFAEL GUTIÉRREZ ZARATE, JAIRO ANGEL CASTRO BARBOZA y DAINNY DAVID SEGOVIA INCIARTE, por la presunta comisión del delito de OBTENCIÓN ILEGAL DE UTILIDAD EN ACTOS DE LA ADMISNITRACIÓN PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.