PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la prescripción de la obligación contraída por la ciudadana ARELIS VILLASMIL a favor de la sociedad mercantil INVERSIONES MOBILIARIAS E INMOBILIARIAS CABIMAS C.A., en virtud de demanda de cobro de bolívares tramitada por éste Juzgado y signada bajo el No. 2902.
En consecuencia, se ordena el levantamiento de la medida preventiva de embargo decretada sobre las prestaciones sociales de la ciudadana ARELIS VILLASMIL; ordenándose en tal sentido oficiar a la Dirección de Administración, Pago Directo y Sección de Embargos del Ministerio del Poder Popular para la Educación, a los fines legales consiguientes.
No hay condenatoria en costas, en vi.....