DISPOSITIVA
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CARLOS ALBERTO LUPI ALDANA, titular de la cédula de identidad número V.- 10.911.429
SEGUNDO: Se ordena la notificación del ciudadano Procurador General de la Republica conforme a lo establecido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la Republica.
TERCERO: No se condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Barinas, 12 de junio de dos mil veintitrés. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Enaydy Cordero Colmenares
El Secretario,
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