Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SEPTIMO CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a el (la) Acusado (a) (s) DARWIN JOSÉ INCIARTE DÍAZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 26-07-1979, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Indefinida, portador de la Cedula de Identidad Nº V-15.937.416, hijo de ANGEL ROBINSON INCIARTE y CARMEN ALICIA INCIARTE, residenciado en Barrio Rey de Reyes, Avenida 69ª, Casa No. 87-76 en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, teléfono 0261-7851632, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS y OCHO (8) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en la Ley, como Autor de el (los) Delito (s) de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el Tercer Aparte del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contr.....