PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por la Profesional del Derecho VIOLETA SUYIN PRIETO JIMENEZ, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; en virtud de encontrarse incursa en la causal de inhibición prevista en el numeral 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto penal Nro. VP03-D-2017-000958/1E-4197-17, seguido en contra del adolescente ELEUDO ANTONIO FRAGOZO SANZ, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACIÓN ANAL, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio del niño (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 545 Y 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
SEGUNDO: Esta Alzada la aparta a la Dra. VIOLETA SUYIN PRIETO JIMENEZ, del conocimiento de la causa, ordenándose que .....