Este Juzgado PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos DAILY COROMOTO VILLALOBOS QUINTERO Y JOSE ANGEL OQUENDO PARRA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 10 de Diciembre de 2003, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta No.203.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron no procrearon hijos, ni adquirieron bienes