Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer de la LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos KARINA DEL VALLE MARTÍNEZ GUTIÉRREZ y FREDDY CELESTINO ANDRADE POLENTINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.451.810 y V-11.450.818, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Cabimas, Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio SONIA MALAVE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.315 y declina la competencia al JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a quién se ordena remitir las actas originales, ofíciese a la UNIDAD RECEPTORA D.....