RESUMEN
Vista la Acción de Amparo Constitucional signada GP21-O-2012-000022, incoada por el ciudadano RICHARD DE JESÚS RANGEL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.563.672, asistido por el Procurador de Trabajadores JOSÈ BULOS SALEH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.952.170, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 82.221, "por el presunto desacato de la sociedad mercantil INVERSIONES BAUTISTA, C. A., de la Providencia Administrativa N° 00220-2012, de fecha 07 de mayo de 2012. Expediente N° 049-2012-01-00342, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo", el Tribunal in initio litis observa: Una vez promulgada la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en fecha 07 de mayo de 2012 y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.076., con entrada en vigencia en la misma fecha, la que establece.....