DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el modo anormal de terminación del proceso, constituido por el desistimiento de la acción, en el juicio de NULIDAD DE VENTA, incoado por la ciudadana GELIXA CUBILLAN DE VILLASMIL, en contra de las Sociedad Mercantiles INMOBILIARIA KUBI-FAR, C.A., e INMOBILIARIA DEL ESCALANTE, S.A. en la persona de sus representantes legales, ciudadanos ARSENIO CUBILLAN FARIA, LUCILA ORTEGA DE CUBILLAN y RAFAEL CUBILLAN ORTEGA, y a estos en su propio nombre, todos identificados en la parte introductoria del presente fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto, se le da el carácter de Cosa Juzgada, se declara terminado el presente juicio y se suspenden las medidas cautelares nominada e i.....