El tribunal HOMOLOGA la misma con los efectos de COSA JUZGADA LABORAL en los términos expuestos en el Art. 89.02 del Texto de La Constitución Bolivariana de Venezuela, Art. 3º de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO y 10º y 11º de su Reglamento, y 133 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, y se da por terminado el presente procedimiento y se ordena de igual forma el archivo del expediente y se ordena la devolución de las pruebas a cada una de las partes.
LA JUEZA,
Por LAS TRABAJADORAS" POR: "LA EMPRESA"
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Antonieta Tromba G. Lilia E. Piñero E. José Luis Molina M.
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Dra. Carmen Luisa Duran
Apoderada Judicial de Las Trabajadoras
LA SECRETARIA,