DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del ciudadano JULIO CESAR DIAZ PEÑA TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-16.182.269, quien ha estado efectivamente privado de su libertad desde el día 01 de Diciembre de 2014, hasta el día 07/03/2018, es decir por el lapso de TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y SIETE (07) DÍAS. Mas los lapsos de redenciónes según Oficio No.01153-17, de fecha 27 de octubre de 2017 por DOS (02) MESES Y DOCE (12) DIAS, asimismo, Oficio No.01153-17, de fecha 27 de octubre de 2017 por CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS, de igual manera oficio No 01753-17 de fecha 10 de noviembre de 2017 por DOS (02) Y SEIS (0.....