Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos MAIREE FABIOLA QUIRÓZ STALHUT y OTTO JOSÉ SANTIAGO DÍAZ, venezolanos mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-13.208.457 y V-11.887.811, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio BRIGITTE PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 137.035, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 16 de febrero de 1994 por ante la Prefectura del Municipio Cabimas del Estado Zulia; dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes identificados manifestaron no haber procreado hijos ni bienes d.....