DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: con LUGAR la defensa de cosa juzgada opuesta por la demandada. Segundo: SIN LUGAR la pretensión interpuesta por el ciudadano JESUS MARIA BENAVENTA LOVATON.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los trece días (13) días del mes de mayo del año 2015. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Jueza
Enaydy Cordero Colmenares
La Secretaria
Abg. María Hidalgo.
En esta mi.....