este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO UNIVERSAL HEREDERO del de-cujus LUBIN BRACHO MORAN, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.735.101, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el día primero (1°) de abril del año 2013, a su hijo, ciudadano LUBIN ERNESTO BRACHO CESPEDES, plenamente identificado ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. Asimismo, se expidieron cuat.....