Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por el ciudadano ANGEL RIVERO COBARRUBIA, parte demandante en la presente causa, contra la empresa P.D.V.S.A. PETRÓLEO, S.A., por motivo de Calificación de Despido.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del Procurador General de la República de conformidad a lo establecido en el artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
TERCERO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente juicio.
CUARTO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento y de ordena el ARCHIVO del presente asunto, una vez que conste en actas la notificación ordenada al Procurador General de la República......