DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el ciudadano HERY NELSON PETIT DE POOL, actuando con el carácter de abogado sustituto de la Procuradora General del Estado Falcón y, en consecuencia, se suspenden los efectos de la Providencia Administrativa Nº 69-2007 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Falcón con sede en Punto Fijo, dictada el día 14 de noviembre de 2007, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos que interpusiera la ciudadana ELIDA VELIZ, hasta tanto sea dictada sentencia en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21, aparte 21° de la Ley Orgánica del .....