INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la profesional del derecho FABIOLA CRISTINA BOSCÁN RUÍZ, Defensora Pública Auxiliar encargada de la Defensoría Pública Vigésima Quinta Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, alegando actuar en su carácter de defensora de los ciudadanos YAIR ANTONIO CERVANTES FUENTES y JORGE LUÍS MASA GÓMEZ, contra la decisión Nº Nº 1006-17, dictada en fecha 27 de octubre de 2017, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, POR CUANTO AL MOMENTO DE SER PRESENTADO NO TENIA LA REFERIDA PROFESIONAL DEL DERECHO LA CUALIDAD PARA INTEPONERLO, de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal a del Código Orgánico Procesal Penal.