En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: PEDRO ANTONIO AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.376.669, en contra De la Demandada: ASOCIACION COOPERATIVA TRABAJADORES DE LA CAÑA SABANETA R.L, inscrita en el Registro Subalterno del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, en fecha: 17 de Octubre del año 2005, anotada bajo el Nº 15, folios 51 al 59, Protocolo Primero, Tomo I Trimestre Cuarto del Año 2005, representada por el Ciudadano: AQUILINO ANTONIO RIVAS, en su condición de Presidente, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-11.707.480 a pagar al demandante la can.....