• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Custodia, celebrado entre los ciudadanos YUSMAIRA DEL CARMEN CASERES FUENMAYOR y JUAN CARLOS ZULETA PERDOMO, titulares de las cedulas de identidad N° V- 17.670.888 y V- 13.002.591, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD.-
• La progenitora de la niña ha convenido con el padre de la misma, ciudadano JUAN CARLOS ZULETA PERDOMO, que en lo adelante sea el quien ejerza la custodia de la niña, hasta el mes de julio del próximo año, debido a que la niña presenta déficit de atención y han decidido inscribirla en un colegio cerca de la casa donde el vive, para que sea atendida por psicopedagogo, lo que si le pide es que le permita tener contacto con la niña, los fines de semana de forma alternada , al igual que los periodos vacacionales, para lo cual se podrán de acuerdo en su debida oportunidad de forma que pueda compartir con ambos.