DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- CON LUGAR LA DEMANDA que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano ASNARDO PORTILLO en contra del INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO (IMAU).
2.- Se ordena a la accionada INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO (IMAU), a cancelar al actor ASNARDO PORTILLO, los conceptos y cantidades que se especifican en la parte motiva del presente fallo.
3.- Se condena en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 156 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido.....