III.- PARTE DISPOSITIVA.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, incoada por los ciudadanos HECTOR ALONSO GARCÍA GUILLÉN y ENDRINA MARIA VERA LOAIZA ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges, portadores de las cédulas de identidad números V-18.306.773 y V-19.935.067, domiciliados en la ciudad y municipio Machiques de Perijá del estado Zulia; de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha Diez (10) de Agosto de Dos Mil Siete (2007), por ante el Registrador Civil de la Parr.....