DECISION:
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide: Declarar INADMISIBLE, la presente querella funcionarial por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por los CARLOS CHACÍN y GILBERTO RAFAEL GONZÁLEZ, en contra del Instituto Autónomo Municipal de la Energía del Municipio Mara del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicado por remisión expresa del artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el 108 ejusdem.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civi.....