Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACION fiscal con el cambio en la calificación penal, en contra de los ciudadanos RAFAEL ANGEL URDANETA SOTO y JOSE RAFAEL CHACIN LOPEZ, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y castigado en el Articulo 458 en concordancia con los artículos 80 y 82 del Código Penal , y adicional el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y castigado en el Articulo 277 del Código Penal para el imputado JOSE RAFAEL CHACIN LOPEZ, en perjuicio de LUIS ALBERTO MARCUCCI Y EL ORDEN PUBLICO, con fundamento en el numeral 2° del Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS, de conformidad con lo establecido en el numera.....