LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago y/o Transacción por la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.000,oo), en la causa incoada por la ciudadana MARÍA CRISTINA GONZÁLEZ, en contra del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA READIC, (TECNOLÓGICO UNIR), en el juicio por Cobro de Prestación de Antigüedad y Otros Conceptos Laborales, se le da el carácter de cosa juzgada; y como consecuencia de la aprobación dada, se resuelve:
PRIMERO: Con la Homologación señalada, este Juzgado declara terminado el presente juicio, ordenándose el archivo del expediente por cuanto consta el pago total de la cantidad antes señalada.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.