Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: En relación a las modalidades de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Representante del Misterio Público, este Juzgado prescinde de la imputación recaída en el ciudadano JAIRO MURILLO RODRÍGUEZ, colombiano, natural de Bucaramanga, titular de la Cédula de Identidad Nº. 13.489.728, fecha de nacimiento 12-04-68, de 36 años de edad, soltero, de oficio obrero, hijo de Roque Murillo (d) y de Paulina Rodríguez, y residenciado en Cúcuta ? Colombia por la presunta comisión de los delitos de FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previstos y sancionados en los Artículos 320 y 321 del Código Penal, por cuanto se considera que no se acredita en actas com.....