este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra de (NOMBRE OMITIDO EN RAZÓN DE LA CONFIDENCIALIDAD QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° Artículo 318, aplicable por remisión expresa del Artículo 561 Literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y conforme al articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal se ORDENA hacer cesar la persecución penal del hoy Joven Adulto antes mencionados. En consecuencia se.....