, SE ADMITE CUANTO HA
lUGAR EN DERECHO, CONFORME lOS ARTíCULO 452 Y 457 lOPNNA, désele
curso por el Procedimiento Ordinario establecido desde el artículo 450 lOPNNA.
Notifíquese al ciudadano DEVIC DAZIC MAXDEBll MONTlllA, venezolano, mayor
de edad, C.I N° V-12.554.456, a fin de que comparezca por ante este Tribunal para
que conozca día y hora en que tendrá lugar el inicio de la fase de mediación de la
Audiencia preliminar la cual será fijada mediante auto expreso, que se enterara
compareciendo por ante este Tribunal dentro de la última hora de despacho (02:30
p,m) del 2° día siguiente a la certificación secretarialde su notificación conforme lo
establecido en el articulo 457 Ejusdem. Se fija a cargo del padre de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 05, 30, 512 Y 466-B ordinal "al> lOPNNA y 76 Único
aparte de la Constitución de Venezuela OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN