En el presente caso, la demandante, solicita al Tribunal que declare un derecho a su favor, pero nunca identifica contra quien obra la demanda, es decir, que la demanda carece de uno de los requisitos fundamentales para su configuración, como lo es la necesidad de demandar a una persona, bien sea natural o jurídica, para que se haga parte en el juicio y tenga la oportunidad de alegar lo que a bien tuviere y ejerza las defensas que creyere pertinentes, razón por la cual, y en acatamiento a las normas antes expresadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda que por resolución de contrato incoare la ciudadana ANA CECILIA FLORES DE VALECILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 12.949.458. ASI SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Merca.....