Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley éste Tribunal POR UNANIMIDAD ABSUELVE a la ciudadana ALEJANDRINA SOTO SUESCUM, de nacionalidad colombiana, de 38 años de edad, natural de Cúcuta Departamento Norte de Santander, casada, nacida el 25-11-66, titular de la cédula de Ciudadanía Colombiana N° 60.330.521, Oficios del Hogar, residenciada en la calle 6, con Av 03 y 04, casa s/n del Barrio El Silencio, Ciudad Bolivia Pedraza de Barinas; hija de Juan Soto (F) y de Oliva Suescum (V) por comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de La Ley Orgánica Sobre Sustancias y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. No se condena en costas procesales. Se ordena librar la boleta de Libertad respectiva y se deja constancia que la ciudadana Alejandrina Soto Suescum, sale en libertad de.....