PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana Abogada DEYANIRA SAEZ en su condición de Defensora Pública Segunda Auxiliar para el Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 545 Y 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión Nro. 454-17 dictada en fecha 12 de julio de 2017 y publicado el texto in extenso en la misma fecha, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con ocasión del acto de presentación de imputado.