En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos HIRAN LEVI CASTILLO LA ROSA y BETSAIDA LEIDI PAEZ URDANETA, el día veintiuno (21) de marzo de 2007, por ante el Registro Civil del Municipio Cabimas del estado Zulia, según Acta de Matrimonio Nº 63 cursante en actas.
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijo.