El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada en contra de la decisión de fecha 23 de Noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en el juicio que por RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES siguen los ciudadanos EVENCIO BALZA y OSVALDO PIZARRO frente a la sociedad mercantil AUTOMERCADO SANTA SOFIA C.A., y el ciudadano JOSE FERNANDO DE OLIVEIRA 2) QUEDA FIRME la decisión de fecha 23 de Noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.